SORTEO CAMPAÑA ELROW [UNVRS] 2026

Bases Legales

1.OBJETO DE LAS BASES

1.1. La Entidad Organizadora (detallada en la cláusula 2) organiza un sorteo de dos entradas Standard para asistir a un evento a elegir entre los organizados por elrow en la sala [UNVRS] durante el año 2026 (el “Sorteo”).

1.2. Las presentes Bases Legales (las “Bases”) tienen por objeto la regulación de los requisitos de participación en el Sorteo y la mecánica de su desarrollo, así como cualquier otro criterio o aspecto relacionado con el mismo.

1.3. El Sorteo va dirigido a cualquier persona física mayor de edad que cumpla los requisitos establecidos en las presentes Bases.

2. EMPRESA ORGANIZADORA DEL SORTEO

2.1. La entidad organizadora de este Sorteo es EM TOUR 7, S.L., UNIPERSONAL, domiciliada en Bilbao (48001) Bizkaia, Gran Vía de Don Diego López de Haro, 1, planta 11, con NIF B-21.837.703 e inscrita en el Registro Mercantil de Bizkaia, sección 8ª, hoja número BI-85.012, inscripción 3ª (en adelante, la “Entidad Organizadora”).

3. PERIODO DE PARTICIPACIÓN

3.1. El período de participación en el Sorteo se iniciará el miércoles 14 de enero de 2026 y finalizará el domingo 01 de febrero de 2026 a las 23:59 horas.

4. REQUISITOS PARA LA PARTICIPACIÓN

4.1. La participación en el Sorteo es gratuita.

4.2. Solo se admite una participación por persona.

4.3. Podrán participar únicamente personas físicas mayores de edad (esto es a partir de los 18 años) que completen correctamente el proceso de participación indicado en el apartado 5.1.

4.4. No se admite la participación por parte de sociedades, entidades, asociaciones, fundaciones o cualquier otro tipo de empresa o ente jurídico.

5. MECÁNICA DEL SORTEO

5.1. Proceso de participación

Para participar en el Sorteo, será necesario que el usuario:

  • (i) Cumplimente (totalmente y hasta el final) el formulario que podrá encontrar en el siguiente enlace: https://elrow.com/ibiza/signup
  • (ii) Indique su voluntad de participar en el Sorteo en el mismo formulario de registro (mediante la selección de la casilla correspondiente).
  • (iii) Facilite su dirección de correo electrónico.

5.2. Validación de Participantes y Selección de Ganadores

  • (i) Finalizado el periodo de participación indicado en el apartado 3.1., la Entidad Organizadora validará las respuestas efectuadas correctamente y elaborará, en base a la información proporcionada por las personas que hayan indicado en el formulario su voluntad de participar en el sorteo, el listado de participantes definitivo en el Sorteo (en adelante, los “Participantes” y cada uno de ellos individualmente, el “Participante”)
  • (ii) El Sorteo se realizará el lunes día 9 de febrero de 2026, a través de la plataforma Easypromos mediante un sistema aleatorio, automático y transparente, que seleccionará de entre los Participantes en el Sorteo a una persona.

5.3. Comunicación del Resultado

  • (i) El resultado del Sorteo no se publicará, ni se anunciará de forma generalizada en los medios de comunicación de la Entidad Organizadora.
  • (ii) El Participante ganador recibirá un correo individual notificando que ha sido ganador del Sorteo e indicándole los pasos a seguir para recibir el premio.
  • (iii) La comunicación se realizará al correo electrónico facilitado por el Participante ganador en el momento de formalizar la encuesta e indicar su voluntad de participar en el Sorteo.
  • (iv) La comunicación se remitirá el lunes 9 de febrero de 2026.
  • (v) La Entidad Organizadora podrá solicitar al Participante ganador un documento acreditativo de su identidad y de la de su acompañante (DNI o documento equivalente) para verificar el cumplimiento de los requisitos de participación y poder asignar el premio.

5.4. Aceptación del premio

Para recibir el premio será necesario que el Participante ganador conteste al correo en el que se le notifique que ha sido ganador del Sorteo antes del viernes 13 de febrero de 2026, confirmando que quiere recibir el premio y no renuncia al mismo (de lo contrario se entenderá que renuncia al mismo). La Entidad Organizadora no estará obligada a compensar al Participante ganador si éste renuncia al premio o por cualquier razón no pudiera disfrutar del mismo. Asimismo, para recibir el premio el Participante ganador deberá facilitar a la Entidad Organizadora los datos que ésta le solicite.

5.5. Atención de dudas e incidencias

Para la atención de dudas y consultas relacionadas con el Sorteo y las características del premio, así como para cualquier consulta o incidencia relacionada con el proceso de cumplimentación de las encuestas, los Participantes podrán contactar con la Entidad Organizadora a través de la siguiente dirección de correo electrónico: info@elrowfamily.com.

6. PREMIOS

6.1. El Sorteo contará con un premio (el “Premio”) consistente en dos entradas Standard para asistir a un único evento organizado por elrow en [UNVRS] durante la temporada 2026, que será el seleccionado por el Participante ganador conforme a lo previsto en las presentes bases.

6.2. Los eventos elrow [UNVRS] entre los que se puede elegir incluidos en el Premio serán aquellos que se celebren efectivamente durante la temporada 2026 en la sala [UNVRS], de conformidad con la programación vigente. La programación podrá estar sujeta a cambios, modificaciones o cancelaciones por causas organizativas, técnicas o de fuerza mayor, sin que ello genere derecho a reclamación alguna por parte del Participante ganador.

6.3. El uso de las entradas y, consiguientemente, la asistencia al evento seleccionado por el Participante ganador está sujeta al cumplimiento de los Términos y Condiciones generales de la sala [UNVRS].

6.4. El Premio se enviará mediante correo electrónico a la dirección facilitada por el Participante ganador, a más tardar tres días antes de la fecha del evento escogido.

6.5. La elección del evento por parte del Participante ganador tendrá carácter definitivo, no pudiendo ser objeto de modificación, cambio o sustitución. En este sentido, el Participante ganador no podrá reclamar diferencias económicas, compensaciones, reembolsos ni sustituciones, con independencia de que el precio ordinario de la entrada correspondiente al evento seleccionado sea superior o inferior al de otros eventos disponibles.

6.6. La celebración del Sorteo, así como la concesión del Premio, quedan sujetos a la normativa fiscal vigente.

6.7. La Entidad Organizadora informa de que la realización y el desarrollo de los eventos de elrow en [UNVRS] se puede ver afectada por las circunstancias existentes en cada momento, que pueden obligar a replanificar y/o suspenderlo, en la medida en que la situación y las circunstancias existentes en cada momento así lo exijan. En el supuesto que, por cualquier razón, el evento que se haya escogido no se pudiera celebrar, la Entidad Organizadora se reserva el derecho de sustituir los premios anteriormente descritos por otros de valor similar y/o análogas características (incluyendo, sin carácter limitativo, entradas para cualquier otro evento organizado o promovido por la Entidad Organizadora o cualquier otra sociedad de su grupo, que será seleccionado, en su caso, por la Entidad Organizadora).

6.8. La Entidad Organizadora se reserva la facultad de declarar el premio desierto o no seleccionar un Participante ganador, en caso de que no haya ningún Participante en el Sorteo que cumpla todos los requisitos establecidos en las Bases.

7. EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD

7.1. A título enunciativo, pero no limitativo, La Entidad Organizadora no será responsable, en casos de fuerza mayor o caso fortuito que pudieran impedir la realización del Sorteo o el disfrute total o parcial de los premios.

8. CONSULTA Y DEPÓSITO DE LAS BASES

8.1. Las presentes Bases están disponibles en el siguiente enlace: https://elrow.com/ibiza/signup/terms.

9. CAMBIOS Y ACEPTACIÓN DE LAS BASES

9.1. La mera participación en el Sorteo implica la aceptación y el respeto de las presentes Bases así como de las normas reguladoras de su desarrollo, de los derechos de todas las personas Participantes en el Sorteo, así como de la elección de los Participantes ganadores.

9.2. Las personas Participantes se comprometen a cumplir con estas Bases, así como con el resto de los términos y condiciones que resulten de aplicación de conformidad con las Bases. Cualquier manifestación de rechazo de las Bases, ya sea total o parcial, por parte de las personas Participantes implicará su exclusión automática del Sorteo, quedando la Entidad Organizadora liberada de cualquier obligación contraída con las personas Participantes excluidas.

9.3. En caso de que la Entidad Organizadora, por sí mismo o a través de cualquier otra entidad colaboradora en el Sorteo, detecte cualquier anomalía o sospeche que un Participante está llevando a cabo una actuación irregular con intención de impedir el normal desarrollo del Sorteo y/o alterar ilegítimamente sus resultados, la Entidad Organizadora se reserva el derecho de excluir de manera inmediata a esa persona, notificando su decisión.

9.4. Asimismo, la Entidad Organizadora se reserva la facultad de acortar, prorrogar, modificar, cancelar o anular el Sorteo si concurrieran circunstancias excepcionales, de fuerza mayor o caso fortuito, que impidieran su normal desarrollo, sin que le sea exigible ninguna responsabilidad, debiendo únicamente comunicar tal circunstancia a los Participantes.

9.5. La Entidad Organizadora se reserva el derecho de modificar o ampliar estas Bases, en la medida que no perjudique o menoscabe los derechos de los Participantes ya inscritos en el Sorteo.

10. LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN

10.1. El Sorteo se realizará en cumplimiento de la normativa española y vizcaína sobre promociones comerciales, sin que constituya en ningún caso una práctica desleal conforme a la Ley 3/1991, de Competencia Desleal.

10.2. El Sorteo se rige por las presentes Bases y por la normativa española aplicable.

10.3. En caso de que se produzca cualquier tipo de litigio, discrepancia, cuestión o reclamación derivados de cualquier acto relacionado con el contenido de las presentes bases, o resultantes de su ejecución o interpretación, o relacionados con las bases, de forma directa o indirecta, se someterán expresamente a la competencia y jurisdicción de los juzgados y tribunales de la ciudad de Bilbao.

11. PROTECCIÓN DE DATOS

11.1. La Entidad Organizadora es responsable del tratamiento de los datos de las personas Participantes en el Sorteo, en cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril del 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos; de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y de la correspondiente normativa de desarrollo en materia de protección de datos vigente.

11.2. A los efectos oportunos se deja constancia que los datos facilitados por los Participantes se tratarán de conformidad con la Política de Privacidad de la Entidad Organizadora, disponible en el siguiente enlace.